miércoles, mayo 8, 2024

Conoce las Obligaciones REPSE.

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Registro REPSE. Para comenzar ¿Sabes si tu empresa necesita tramitarlo? En el siguiente post encontrarás toda la información que necesitas para saber si tu empresa está obligada a tramitarlo.

En primer lugar, hay que aclarar que los únicos obligados a tramitar su registro son, las personas físicas o morales que presten servicios especializados a terceros. Por ejemplo, entre las empresas o industrias que están obligadas a presentar el registro REPSE se encuentran las empresas que ofrecen: 

  • Servicios de limpieza
  • Servicio de seguridad 
  • Servicios de mantenimiento, jardinería o reparaciones.
  • Empresas que ofrecen servicios de comedores industriales 
  • Agencias de diseño, marketing o publicidad
  • Empresas contratistas
  • Empresas de capacitación de personal 
  • Toda empresa que realice instalaciones en empresas, plantas industriales y/o minerías.
  • Empresas que brinden servicios de asesorías o certificaciones, entre otras. 
repse obligaciones
¿Quiénes están obligados a registrarse?

¿Cómo saber si debo o no registrarme ante el REPSE?

Por lo tanto, saber si tu empresa debe o no registrarse es muy sencillo. Según la STPS, solo deberán gestionar el registro, todas las personas físicas o morales que presten servicios o ejecuten obras especializadas. Y que para la realización de estas obras o servicios especializados, pongan trabajadores propios a disposición del contratante.

Además, también deberás solicitar el registro, si tu empresa subcontrata dichos servicios de un tercero, de no tenerlo, ambas, estarían envueltas en la comisión de un delito.

¿Cuáles son las obligaciones REPSE que debo cumplir si presto un servicio a terceros?

Para presentar el registro REPSE deberás cumplir con ciertas obligaciones fiscales, entre las que destacan:

  • Presentar ante el IMMS e INFONAVIT los informes cuatrimestrales del ICSOE y el SISUB
  • Cumplir con los pagos mensuales de IVA e ISR frente al SAT

¿Qué obligaciones REPSE debo cumplir si subcontrato un servicio especializado?

Si subcontratas servicios especializados estás obligado a solicitar:

  • Registro REPSE
  • Opinión de cumplimiento positivo ante el SAT, IMMS e INFONAVIT.
  • Datos de los trabajadores que prestaron servicios especializados.
  • Declaración de IVA, ISR y retenciones de impuestos a los trabajadores.
  • Registro patronal.
  • Liquidación de cuotas obrero, patronales.
  • CDFI de servicios especializados.
  • Liquidación de cuotas obrero-patronales.

¿Qué pasa si no cumplo con las obligaciones REPSE?

En resumen, según la Ley Federal de Trabajo, en la reforma al artículo 104 C establece que las multas por incumplimiento a quien subcontrate o preste servicios de subcontratación, mejor conocido como outsourcing, sin estar registrado ante el REPSE. Se le impondrá una multa de 2,000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Actualmente, no contar con el Registro REPSE se considera un delito.

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